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NESTLÉ COCINA BASES LEGALES CONCURSO
“Nestlé Cocina con flores”

NESTLÉ ESPAÑA, S.A.U., (en adelante Nestlé) provista del N.I.F. A-08005449, con domicilio en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, organiza un concurso denominado “Nestlé Cocina con flores” (en adelante el “Concurso”) con la finalidad de potenciar la nueva página web de Nestlé Cocina a la vez que se comunica sus recetas y su nueva imagen.

I.- Período. El período de recepción de participaciones en el concurso se iniciará el día 1 de abril de 2019 y finalizará el 30 de abril de 2019 a las 23:59 horas.

II.- Participantes. Podrán participar en el concurso todas aquellas personas que residan en algún punto del territorio nacional de España y tengan una cuenta oficial en Instagram.

Quedan excluidos de esta promoción los empleados de Nestlé y los de todas las empresas que intervienen en esta promoción.

III.- Mecánica de la participación. Los participantes deberán previamente escoger una de las recetas presentes en la web de Nestlé Cocina (www.nestlecocina.es), elaborarla y decorarla con flores y finalmente hacer una fotografía al plato final.

Las flores deberán estar presentes de cualquiera de las siguientes maneras:

  • Deberán ser flores comestibles o preparadas para su consumo, si son un ingrediente más de la receta o están en contacto con el alimento.
  • O bien, podrán usarse flores decorativas que sirvan para adornar la presentación, en este caso, no deberán estar en contacto con el alimento.

Para poder participar será necesario que los concursantes cuelguen la fotografía de su receta decorada con flores en su perfil de Instagram con el hashtag #NestléCocinaConFlores. En el texto/copy de la imagen el concursante deberá explicar 1) A qué ser querido va dedicada la receta, 2) Mencionar qué ingredientes de Nestlé ha usado para su elaboración, 3) seguir a Nestlé Cocina en su cuenta de Instagram.

Requisitos recetas:

  • Todas las recetas deberán ser de elaboración propia y contener al menos un producto de Nestlé.
  • No se aceptarán recetas que puedan estar sujetas a limitaciones de derechos de comunicación y difusión pública.

Requisitos fotografías:

  • En las fotografías no pueden aparecer marcas de productos identificados con marcas que no pertenezcan al Grupo NESTLÉ.
  • La fotografía deberá ser original del concursante, el participante manifiesta que es el único titular de todos los derechos de autor sobre la fotografía o haber obtenido los derechos de propiedad intelectual sobre dicha fotografía.
  • No se pueden copiar fotos o imágenes de Internet sometidas a copyright (derechos de propiedad intelectual). Queda bajo la responsabilidad del participante cualquier denuncia por plagio.
  • No se aceptarán fotografías que puedan estar sujetas a limitaciones de derechos de comunicación y difusión pública.

Los que no cumplan dichos requisitos quedarán excluidos automáticamente.

Los concursantes se hacen responsables de los contenidos que suben, manifestando que dichos contenidos no infringen derechos de propiedad intelectual ni de imagen de terceras personas y, asimismo, que exoneran a Nestlé de cualquier responsabilidad al respecto (ver apartados IV, V y VI).

La promoción se desarrollará exclusivamente a través de Instagram.

NESTLÉ publicará las bases legales del concurso en la biografía de la cuenta de Instagram de Nestlé Cocina, así como en la web Nestlé Cocina.

No se aceptarán publicaciones en el muro o en otros espacios como participaciones que no sea Instagram.

Los usuarios podrán participar tantas veces como quieran con distintas recetas y fotografías.

Todos los comentarios tendrán que cumplir con las normas de la página y estar publicados desde el momento de la publicación del post hasta el 30 de abril a las 23:59 horas.

IV. Propiedad intelectual. Por el mero hecho de participar, el concursante declara y manifiesta pública y solemnemente ser el autor de la fotografía de la receta que presenta a concurso, o el titular legítimo de los derechos de propiedad intelectual de dichos contenidos por haber obtenido la cesión de dichos derechos incluyendo a título enunciativo, pero no limitativo, los derechos de reproducción, distribución, transformación, explotación publicitaria y comercial, exhibición y comunicación pública. En tal condición, el concursante, por el mero hecho de participar en este concurso e insertar una fotografía, autoriza, desde este preciso instante a Nestlé al uso de la imagen, su exhibición y al uso del nombre del concursante en cualquier medio y a través de cualquier forma de comunicación, siempre en relación con el concurso.

En particular, Nestlé podrá utilizar las imágenes premiadas del concurso y el nombre del agraciado para comunicar los ganadores.

V. Contenidos. El concursante no deberá publicar fotografías que atenten o sean susceptibles de atentar contra la moral, la ética, el buen gusto o el decoro, ni que infrinjan, violen o conculquen los derechos de propiedad intelectual o industrial, o el derecho a la propia imagen de terceras personas, y debemos advertirle de las consecuencias y responsabilidades en las que puede incurrir si realiza un uso ilícito o fraudulento de las mismas. Nestlé actuará de inmediato ante una denuncia o una sospecha de que puedan estar produciéndose infracciones de los derechos de propiedad intelectual, vulneraciones al derecho a la propia imagen de personas que aparezcan involuntariamente o sin su autorización, o ante cualquier contenido que pueda considerarse inadecuado y procederá a eliminarlo inmediatamente, pudiendo solicitar el bloqueo permanente del usuario infractor.

Nestlé declina toda responsabilidad sobre las consecuencias que la exhibición voluntaria, consentida y deliberada por parte del usuario de sus comentarios, fotografías o vídeos y de las de su entorno familiar puedan comportarle a sí mismo, a su familia, amistades y/o allegados, o a otras terceras personas, o de la difusión o exhibición del mismo por su parte o por terceros, o su reproducción, incluso en otras páginas web, blogs, redes sociales o en cualquier otro medio, soporte o modalidad de explotación digital o no, online u offline. Por lo tanto, el concursante responderá directamente, manteniendo a Nestlé indemne, ante cualquier reclamación, queja o demanda de terceros en relación a la vulneración o infracción de los posibles derechos que pudieran derivarse de los textos o materiales que un usuario haya publicado usando el hashtag #NestléCocinaConFlores en el contexto de este concurso en su canal de Instagram y haya seguido a Nestlé Cocina en Instagram.

La publicación, exhibición o visualización de fotografías, imágenes o textos no está sujeta a ninguna garantía de confidencialidad, ni del derecho a la intimidad, en tanto el concursante decide, de forma consciente y voluntaria, que sean públicos, por lo que resultará accesible a cualquier persona que visite Instagram.

VI. Terceras personas. Si en la fotografía presentada a concurso aparece otra u otras personas, distintas del participante, éste manifiesta haber obtenido previamente la cesión de sus derechos de imagen o su consentimiento expreso o inequívoco para que su imagen sea publicada, difundida o explotada en los términos indicados en este documento.

El concursante es responsable directo de la veracidad, exactitud, actualidad y suficiencia de las manifestaciones relativas a la cesión de los derechos de imagen o propiedad intelectual de terceros que aparezcan en la fotografía que presente a concurso, eximiendo a Nestlé de las consecuencias y perjuicios que puedan provocarle su declaración inexacta, falsa o errónea.

VII. Datos de carácter personal. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.

Los datos personales solicitados a los premiados serán tratados únicamente para gestionar la promoción y, en particular, para entregarles el premio, basándonos en su consentimiento al participar en la promoción. Una vez entregado el premio, eliminaremos sus datos de nuestros sistemas. El responsable de dichos datos es Nestlé España, S.A.U., pudiendo dar acceso a los encargados de tratamiento de esta promoción y, si fuese necesario, a autoridades públicas.

VIII. Premios. Se otorgarán 3 premios que consistirán en un Smartbox cena Estrella Michelin para dos personas. Limitado a un premio por persona.

Los 3 ganadores del concurso se anunciarán vía IG (Instagram Stories) en la cuenta de Nestlé Cocina y se hará repost en el feed de Nestlé Cocina de las 3 recetas ganadoras del concurso.

IX. Difusión de la promoción. El concurso se dará a conocer a los consumidores a través del canal de Instagram de Nestlé Cocina y webs de Nestlé.

La empresa se reserva el derecho de utilizar otros medios de comunicación que pudieran inicialmente no estar previstos.

X. Asignación de premios. De entre todos los usuarios que hayan participado un jurado compuesto por 5 empleados de Nestlé del departamento de Comunicación Corporativa seleccionará 3 ganadores. La elección se realizará entre el 6 y el 9 de mayo de 2019 y se valorará: la presentación de la receta, la originalidad, el uso de marcas de Nestlé en la receta, seguir a Nestlé Cocina en IG, así como la historia reflejada en el copy que acompañe a la fotografía en el marco de la campaña #NestléCocinaConFlores.

El jurado seleccionará también 3 reservas, para el caso de que cualquier premiado no cumpla los requisitos de estas bases para la obtención del premio, renuncie al mismo o no sea posible contactar con él por causas ajenas a Nestlé. El orden de sustitución de las reservas será el mismo en el que éstos fueron designados.

En el caso de que no haya suficientes participantes, el premio quedaría desierto.

El nombre de usuario con el que el interesado participe será utilizado para hacer llegar a dicho participante toda comunicación que fuera necesario comunicar en relación con la promoción, incluyendo –en su caso- la designación de dicho participante como ganador. La no recepción por parte del ganador de los mensajes dirigidos a éste mediante la red social de participación, sea cual fuera la causa, eximirá a Nestlé de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos. Esto es: Nestlé cumplirá con su obligación de buena fe enviando todas las comunicaciones mediante la red social en la que el participante ha participado (Instagram), y éste se compromete a verificar periódicamente su perfil.

Nestlé se pondrá en contacto con estos ganadores a través de un mensaje privado en su cuenta de Instagram. Desde la fecha de notificación del resultado, el agraciado tendrá un plazo de 7 días naturales para facilitar sus datos de contacto para el envío del regalo. Si al finalizar este plazo Nestlé no hubiera recibido la información necesaria, de alguno de los ganadores, éste perderá su derecho al premio, de tal manera que resultaría ganador el primer reserva, si de él no se obtuviera respuesta en siete días el ganador pasaría a ser el segundo reserva, y así sucesivamente.

Nestlé reserva el derecho de que el premio quede desierto en el caso que los participantes agraciados y reservas no cumplan los requisitos citados en estas bases.

XI. No vinculación. Instagram no patrocina, avala o administra de modo alguno ninguna de las promociones de Nestlé, ni están asociados a ninguna de ellas.

XII. Fiscalidad. A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros.

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.

El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

XIII. Causas de descalificación de un participante del concurso. Este concurso se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los concursantes en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:

  • 1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
  • 2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
  • 3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

XIV. Aceptación de las bases. La participación en el concurso implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.

Nestlé se reserva el derecho de resolver según su interpretación aquellos aspectos no contemplados en estas bases.